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marimer

inquilino/a

¿Cuántos días después de firmar el contrato se tienen por ley para comunicar los desperfectos?
Como no hay forma de saber si todo funciona correctamente antes de firmar el contrato. ¿La Ley de Arrendamientos Urbanos contempla algún plazo para poder reclamar desperfectos en caso que los haya?. Me ha dicho el de la inmobiliaria que cuando viva en el piso si hay algo que se lo comunique. No sé si fiarme dado que no han limpiado como ya he dicho antes. Lo encuentro un poco extraño y me preocupal
  • Preguntado por: marimer
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Helena Haydeé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Helena Haydeé
    No me parece buen consejo para marimer el que le digasque "descuente tal cosa del alquiler". (creo que te lo he dicho en alguna otra ocasión).
    Al menos dile que, si lo hace, se arriesga a que su casero le ponga una demanda de reclamación de renta (completa) y pida el desahucio.
    Y si le desahucian, ya no es que se tenga de ir del piso, que a lo mejor no le importa demasiado, es que le tocaría pagar lo que debe y pagar las costas del juicio.
    El inquilino no puede rebajar la renta por su cuenta, puede hacer las reparaciones urgentes, previo aviso fehacente al casero, y reclamarle a continuación el reembolso del gasto.
    Así lo dice el punto 3 del artículo 21 de la LAU
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#artículo_21

    Saludos
    http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
  • Helena Haydeé

    casero/a

    Marimer, si no te sientes seguro te recominedo remitas un burofax al propietario o administrador de la vivienda indicándole los desperfectos que has encontrado así como que la vivienda se entregó sin limpiar; si necesitas que reparen los desperfectos fijas en el escrito un plazo para su reparación ( 15- 30 días) y en caso de que no lo hagan los abonas tú y descuentas del alquiler; eso si lo pones en el escrito y guardas las facturas. Redacta el escrito con educación pero con firmeza indicando simplemente que quieres desde el principio transparencia y buena comunicación entre las partes. Si los desperfectos afectan al inventario de la vivienda se debe anexar modificación del mismo. Saludos
  • usuario eliminado

    Hola.
    ¿Ya firmó el contrato?
    Si no lo ha hecho, sugiera agregar cláusula que indique eso mismo, un período de garantía para los elctromésticos y demás servicios que funciones ok.
    Si no lo asumen entonces hay gato encerrado por lo que le sugiero se busque otro alquiler.
    saludos.
    visite mi blog.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/11/habitabilidad-de-la-vivienda.html
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La ley no lo especifica, pero puedes pedir que se ponga en el contrato.

    Yo pongo el siguiente párrafo en mis contratos:
    Las arrendatarias disponen de 90 días desde la fecha de entrada en vigor del presente contrato para comprobar el buen funcionamiento en general de los componentes de la vivienda. Pasado este periodo, asumirán los gastos de mantenimiento y reparación que les correspondan, según lo especificado en la cláusula xx

    Saludos
    http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
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