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Pepe

inquilino/a

Quién debe pagar el BRIE
Buenas tardes,
Para no extenderme demasiado en mi pregunta, ¿quién debe pagar el boletin de reconocimiento de instalaciones eléctricas (BRIE), el arrendador o el arrendatario?
Decir solo que me han entregado el piso con boletines vencidos y sin el sello de industria. Creía que era responsabilidad del arrendador dar todos los papeles en regla y con una vivienda en condiciones habitables.
Gracias de antemano Saludos
  • Preguntado por: Pepe
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (8)
Giorgiana ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Pepe:
    Coincido con la respuesta de la Sra Amparo.


    Reciba un cordial saludo. https://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pepe si lo tiene tan claro, no entiendo para qué pregunta, exíjale al casero esa obligación, que según usted, tiene y si no la cumple a su satisfacción pues al juzgado, en cuyo caso debe recordar aquella maldicion pleitos tengas y los ganes 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Pepe

    inquilino/a

    Pholmo, gracias por las respuestas pero no las encuentro de utilidad. Son respuestas llenas de generalizaciones y lugares comunes. Yo sin ser abogado, sé que el arrendador debe entregar la vivienda en perfecto estado y con boletines actualizados y vigentes, sin excusas. Por supuesto que leí el contrato y no decia nada de pagar yo mismo al instalador. Y si el arrendador no da la vivienda en condiciones de habitarse, pues tiene prohibido por ley su arrendamiento/transmisión. Es de sentido común.
    • Respondido por: Pepe
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si el piso no tiene dados de alta los suministros, es una cosa, pero los boletines actualizados (necesarios para contratar gas o luz) si son en mi opinión obligación del casero.
    Pero tendrá que reclamarselos al arrendador. Y si no se los da pacíficamente, pues  por vía judicial.


  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La ley no desciende al detalle que usted necesita, por eso es conveniente dejar pactado este asunto en el contrato, al no haberse hecho debe tener en cuenta que si se pueden contratar los suministros, tal como se encuentra la vivienda, deberá usted afrontar los gastos necesarios para ello.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Pepe

    inquilino/a

    En el contrato no pone nada acerca de eso. No lo mencione en el enunciado porque crei que se daba por sentado. ¿La ley de arrendamientos urbanos no especifica que el arrendador debe entregar la vivienda con las condiciones necesarias para su habitabilidad? ¿Los suministros son condición sine qua non de habitabilidad, cierto?
    • Respondido por: Pepe
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pepe la respuesta a sus preguntas debe extraerla del contrato que tiene firmado 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Giorgiana

    inquilino/a

    Pero yo pensaba que el BRIE era un queso 
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