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Alexis

inquilino/a

¿Quién debe hacerse cargo de un interruptor que deja de funcionar por si solo?
Me han dejado de funcionar dos interruptores por arte de magia, según el casero han de ir a mi cargo y yo entiendo que no es fallo provocado por mi y por consecuencia no ha de ir a mi cargo.

¿Quién se ha de hacer cargo?

Gracias.
  • Preguntado por: Alexis
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    La conservación, mantenimiento, etc. son cosa del inquilino. De todos modos ¿vas a reclamar al juzgado? Sería dar euros por céntimos de euro.
  • Alexis

    inquilino/a

    Los interruptores tienen dos años y medio, el piso es de obra nueva.
    • Respondido por: Alexis
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Según lo describe están discutiendo el fundamento del asunto, la solución es salomónica acudir al Juzgado, pero lo mismo que la de Salomón inviable, si los interruptores están alli desde hace 30 años (+ ó -) su sustitución corresponde al dueño.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Odomare

    casero/a

    Según el artículo 21 en su punto número 4 de la LAU, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.

    Si en la entrega de la vivienda se ha verificado que esos interruptores estaban correctamente operativos, y una vez estando viviendo en la casa se han estropeado por la causa que fuera, bien por arte de magia o por otro tema, yo particularente entíendo que sí corre a cargo del inquilino.

    Saludos.
    • Respondido por: Odomare
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Capítulo IV : De los derechos y obligaciones de las partes
    Artículo 21: Conservación de la vivienda.
    ...
    4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.
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