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yul

profesional

¿Puede el dueño rescindir el contrato sin opción a prórroga?
Mi contrato de alquiler es de 11 meses, aunque es mi vivienda habitual. El dueño lo pidió así para cubrirse las espaldas porque había tenido malas experiencias con otros inquilinos. El caso es q estamos muy contentos con el piso y la zona (por el colegio y el trabajo) y ahora nos dice q ha decidido no seguir alquilándolo porque quiere pasar alguna temporada en él y ya no le hace falta el dinero del alquiler... ¿Puedo demostrar q es mi vivienda habitual, no tengo derecho a prórroga?

Gracias, un saludo.
  • Preguntado por: yul
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lee este post ... http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/contrato-once-meses-renuevo-igual-tiene-inquilino-mismos-derechos-anos_9284.html parecido al tuyo, y en especial la respuesta de PHOLMO... abogado experto en arrendamientos y un montón de cosas más.
  • yul

    profesional

    Amparo, gracias por responderme tan pronto. Te aclararé mi situación. Me cambié de ciudad por motivos de trabajo y mi piso de Madrid lo tengo alquilado (para pagar la hipoteca) y donde resido ahora estoy de alquiler porque no puedo comprar hasta que no pueda vender el mío, y tal como están las cosas...

    Espero que esto os aclare a todos los que podáis leerlo, el que a veces sea propietario y otras inquilino. Tengo las ventajas y desventajas de las dos opciones.

    En cuanto a mi pregunta, me imaginaba que tenía derecho a la prórroga, pero, no juega en mi contra el hecho de que el contrato fuese por 11 meses.. Yo creo que el propietario ha actuado un poco de mala fe, pues yo buscaba un piso para vivir largo tiempo, incluso comprarlo si podía vender el mío...Simplemente ahora no le hará tanta falta el dinero y nosotros tenemos que dejar el piso para que él lo disfrute por temporadas.... dice que piensa alquilarlo sólo en verano....

    Perdón si me he enrollado mucho, es que quería aclarar el tema. Muchas gracias, un saludo!
    • Respondido por: yul
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yul, he leído todas tus preguntas y estoy hecha un lío. Unas preguntas son de casero y otras son de inquilino. ¿Quién eres realmente?

    A tu pregunta. Si es tu vivienda habitual, tienes derecho a prórroga.

    Lo dice la LAU:
    Artículo 2. Arrendamiento de vivienda
    1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

    Y los arrendamientos de vivienda tienen derecho a prórroga de hasta 5 años.
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