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elena

inquilino/a

AYUDA CASERO NO ENTREGO FIANZA IVIMA
Buenas tardes,  Tengo una consulta con el siguiente problema. 
el día 01/10/2013 firme el contrato de alquiler de mi casa, entregando en efectivo una fianza la cual se especifica en el contrato que va destinada al destino legal correspondiente. 
Desde ese momento me he desgravado el alquiler en la declaración de la renta sin problemas. 
Con motivo de la ayuda del alquiler, le pido a mi casero el día 28/02/2015 que me envíe el resguardo del ivima. Me dice que aún habiendo pasado 2 años no lo ha hecho, así que realiza una transferencia al ivima y me envía el justificante de pago con el correspondiente recargo el día 05/03/2015. En la oficina del registro donde entregé la documentación de la ayuda, me dijeron que si me desgravaba el alquiler era que todo estaba correcto y debia poner autorizo consulta, por lo que entregué la documentación antes del día 05/03/2015
Cuando el casero me manda el resguardo de pago me dice que debo llevar el contrato de alquiler a sellar junto con el cif de la empresa propietaria del piso, Dado que me habían indicado que estaba correcto y el casero me mandó el justificante, no sabía para que tenía yo que llevar a sellar el contrato junto con el cif de la empresa que me alquila el piso. En mayo me pide el casero el resguardo de deposito de fianza y le envio el justificante de pago, y me dice que no se hizo efectivo por que yo no lleve el contrato a ivima a que lo sellasen. 
Finalmente lo lleva el, el día 05/05/2015 (firmamos el 01/10/2015) y me indica que debia haberlo llevado yo. 
Esto es asi? hay alguna manera de rescindir el contrato? Ya que debido a las inundaciones del hace unos meses se estropearon los trasteros y ahora me pide que saque todo lo que tengo porque van a pintar pero no me ofrecen ninguna alternativa y tendría que pagar yo una mudanza y otro trastero. El me indica que eso es problema del ayuntamiento. 
Yo lo que quiero es rescindir el contrato, que me devuelva la fianza e irme a otra casa. 
Es posible?  Gracias
  • Preguntado por: elena
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Dada la fecha de tu contrato, ya puedes resolverlo en cualquier momento simplemente avisando con 30 días de antelación. Saludos -  Papeleos Alquiler
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