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mona roman

inquilino/a

¿En cuánto tiempo me pueden echar si no pago el aquiller mensual?

hola a todos.

acabo de pagar la fianza por un piso, tengo el contrato firmado de las dos partes, y llevo dos dias viviendo en el piso.

en menos de tres dias deberia pagar el primer mes de fianza, pero me dí cuanta q , cuando llueve, la casa se llena de una pudor insuportable de tuberias, de hecho hemos vomitado antes de poder salir de casa.

hemos intentado a hablar con el constructor, dicen q de esto no sabian nada.

Pero las cinco familias q viven de unos dos años en el edificio dicen q llevan tiempo con quejas y denuncias por el asunto y nadie les hace caso.

q puedo hacer ? donde podemos hacer una denuncia q pueda beneficiar de la atencion de las autoridades ?

si no pago , q pasara ? por via judicial, en cuanto tiempo nos pueden echar ?

  • Preguntado por: mona roman
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No pagar no es buena opción.

    Lo que les aconsejo es q envien burofax indicando el problema y que además ya lo sabian por las reitereadas quejas de los vecinos, hagan un escrito a sanidad y contraten  a un abogado para una reclamación civil.

    Tb es buena opción conseguir un técnico que certifique esa inhabitabilidad para poder reclamar a la constructora el importe que paguen por irse a otra parte a vivir..

    Supongo q antes de llegar a juicio conseguirán un acuerdo entre abogados

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si no paga el arrendador puede exigir el cumplimiento del contrato y obligarle a pagar, embargando los bienes y derechos que haga falta.

    Debe tomar en consideración que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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