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amoreta

inquilino/a

Tengo que irme a los 9 meses, por estar en paro desde junio sin encontrar trabajo, aún así quiere que le indemnice. ¿Puede?

Hace 3 días le comuniqué al propietario del piso que alquilé sola en marzo que me tenía que ir porque todaviá estaba en el paro. Me dijo que no habría penalización, pero hace dos días vino a casa y firmé la rescisión de contrato y me dijo que sí me quitaría dinero de la fianza por no haber cumplido el año, sin tener en cuenta que he estado aquí desde junio pagando del paro cuando me podría incluso haber ido antes, pero hasta el último momento he intentado que no sea así. Soy buena buena persona y creo que por eso quiere abusar de mí, por su ausencia total de miedo, ya que no soy conflictiva. Además él no pierde nada, esta es una zona dónde se alquila mucho y el piso está muy bien y, como él mismo dijo, lo alquila rápido y por más dinero. Por tanto, no existe para él ningún daño ¿ES LEGAL? Le dije de ir a la immobiliria y dijo que no hacía falta, que resolveríamos aquí el día 1 de diciembre. ¿Qué debo hacer? Se lo comento a la immobiliaria a ver si me ayudan o empeoraré las cosas?

  • Preguntado por: amoreta
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Deberías haber pactado la salida con el casero sin penalización incluso ayudándole a enseñar la casa,ahora ya depende de lo que te haya escrito en el documento de la entrega de llaves,como te dice Crazyh

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola amoreta:

    coincido con las respuestas del sr Crazyh.

    Reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Todo se basará en esa "rescisión" que has firmado y en lo que se indique en dicho documento. Sin verlo es imposible poder contestarte.

    La inmobiliaria no te va a ayudar en nada, eso seguro.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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