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mariabelen

inquilino/a

¿Es legal hacer un contrato de uso distinto para la vivienda y subirme 110 euros el año pasado?
Llevo 4 años en la misma vivienda, empecé pagando 400€, el contrato (se supone) es para uso distinto de la vivienda cuando no es así, el año pasado me subió 110€ de golpe (era el tercer año) este me dijo que pagara yo la comunidad (total580€) y encima ahora me dice que me tengo que ir porque su hija se ha separado y le necesita para meterla a ella en el piso. La verdad es que me parece un abuso y que yo he pecado de tonta. Puedo demostrar que es vivienda habitual. Podria reclamar que me devuelva todo lo que he pagado de más, que aplique la subida de ipc que es lo que realmente me corresponde, que pague ella la comunidad ... ah encima este año no me ha hecho contrato porque quiere que su hija se meta en ese piso y cree que así me puede echar, el contrato se prorroga automaticamente, no?? Gracias
  • Preguntado por: mariabelen
  • Hace 16 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Alberto ha sido el primero en contestar
  • Alberto

    Alberto

    inquilino/a

    Cuando te refieres a contrato de uso distinto para vivienda, ¿estás hablando de contrato de alquiler de temporada? No obstante, en realidad lo que hay aquí es un alquiler de vivienda habitual, pese a lo que especifique el contrato y eso lo puedes pelear delante de un juez con pruebas como el tiempo que llevas viviendo en el piso, los recibos del pago de suministros, declaraciones de testigos ...

    En ese supuesto, hay varias irregularidades:

    1.- Pago comunidad: el casero no te puede pedir de un día para otro que pagues la comunidad. Para hacerlo lo tendría que haber incluido en el contrato y especificar a cuánto asciende el pago de la comunidad.

    2.- Subida alquiler: durante los primeros cinco años de alquiler el casero se debe ajustar a las oscilaciones del IPC para hacer la subida anual.

    3.- Desalojar piso: no te puede pedir que dejes el piso para que lo ocupe su hija. Durante los primeros cinco años de alquiler, si tú cumples con todas tus obligaciones como inquilina tienes derecho a la prórroga anual de tu contrato, una vez este finaliza si es inferior a cinco años, hasta sumar un mínimo de cinco años.
    • Respondido por: Alberto
    • Hace 16 años
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