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joseviro

inquilino/a

Tengo un contrato de alquiler de dos años, di 2 meses de fianza y 6 meses de depósito
Por motivos personales tengo que dejarlo ahora, ¿tengo algún derecho para que me devuelva el depósito de 6 meses?
  • Preguntado por: joseviro
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Los contratos obligan a las dos partes: el propietario del piso no te puede exigir que te vayas antes de la finalización del contrato (antes de que pasen 5 años desde que firmaste) y tú no te puedes marchar antes del vencimiento (normalmente antes del "cumpleaños" del contrato; en tu caso, como firmaste por dos años, antes de que se cumpla el segundo año, tercero, etc por periodos anuales).

    Si te vas antes del vencimiento estás incumpliendo el contrato y el casero te puede exigir que pagues el alquiler (vivas o no el piso) hasta que llegue ese vencimiento o hasta que se encuentre otro inquilino (él no perdería dinero por lo que no te lo podría pedir tampoco).

    Si queda menos de 8 meses, entonces el depósito y la fianza es mayor cantidad de lo que dejarías pendiente. Por lo tanto te tendría que devolver la diferencia (descontando, claro, los arreglos de los desperfectos que hayas dejado o de facturas que haya pendientes por tus gastos).

    Si tú no estás de acuerdo con esto y vais a juicio, el juez le va a dar la razón. Y además de pagar lo que te he comentado, te haría pagar los costes del jucio (agogados y procuradores de las dos partes). Y esto es también una cantidad considerable.

    Esto es la norma, la teoría. Ahora bien: yo siempre creo que hablando se solucionan los problemas. Si le explicas a tu casero la situación, le avisas con tiempo considerable de que te marchas (al menos 1 mes antes; si puedes darle más tiempo, mejor), y ha habido buena relación entre vosotros, seguramente no te ponga problemas ni para que te marches ni para devolverte depósito + fianza (descontando desperfectos, claro).

    Si te pone algún problema, otra solución es ofrecerte a buscarle un inquilino (de su agrado) para que te sustituya. Es decir, poner anuncios, contestar al teléfono, enseñar el piso..., y luego que él de el visto bueno a esa persona...

    Si te ve buena fe, seguramente no te ponga pegas. Pero date cuenta que no tienes derecho a irte antes, así que intenta negociar con él y andar con mano izquierda...
  • usuario eliminado

    Hola.
    Waoo!!
    Depósito y Fianza.

    Depósito como garantía y fianza como depósito de garantía, quién lo entiende.

    Están obligados a devolverle ese citado depósito.
    Usted debe indemnizar al arrendador por terminar el contrato antes del tiempo pactado que nunca será por el valor de esos 6 meses.
    De todas formas mire bien las cláusulas de su contrato.
    Otra cosa.
    Dónde se depositó ese dinero?
    Tiene usted recibo de que entregó esa suma?
    Espero que sí.
    saludos
    visite mi blog.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/sobre-el-pago-de-la-fianza-en.html
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Al incumplir tu contrato, si no queréis acabar en los tribunales, debéis pactar qué indemnización recibirá tu casero por tu incumplimiento.
    Él, ni siquiera por motivos personales, podría haberte "echado" del piso antes del plazo pactado. Justo es que si tú si lo haces debas compensarle por ello.
    Una indemnización justa sería pagar las rentas durante los meses que el piso esté vacío (jurisprudencia) Si tú colaboras buscando un inquilino del gusto del casero, y el piso permanece vacío sólo un mes... un mes sería la indemnización justa.
    Si tú no puedes o no quieres colaborar en la búsqueda de un nuevo inquilino, en mi opinión, 2-3 meses de renta, en función a lo difícil que sea alquilar un piso como ese en esa zona, sería algo aceptable.
    Suerte y mano izquierda. Si acabáis en los tribunales tú serás el más perjudicado porque probablemente te condenen en costas (2000-3000 euros)
    Saludos
    http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
  • Alquilaalive

    casero/a

    No entiendo por qué no habría de devolvértelo.
  • manuel josé

    casero/a

    Lo normal es un contrato de un año que se prorroga automáticamente (sin hacer nada) hasta los 5 años. Mejor hacerlo de uno que de más años. En caso de incumplimiento es periodo más largo.
    Si hizo contrato por dos años tiene que esperar. Con 30 días mínimo ( o más si figura más en el contrato) de antelación a la fecha de terminación del contrato tiene que comunicar rescisión de contrato por burofax con acuse de recibo. Si Vd. marcha antes está incumpliendo el contrato. Hiciera contrato de un año,de 2 o de 5, el arrendador no puede echarla del piso hasta la finalización del 5º año. En caso de demanda judicial por incumplimiento un juez sentencia al pago de mensualidades restantes hasta el final del contrato (uno,dos o cinco) o hasta que el inquilino vuelva a alquilar el piso. Mucho dinero, gastos de abogados, procuradores, costas judiciales. Puede negociar con el arrendador. Mejor perdiendo una o dos mensualidades. Si aceptara, firmen un documento rescisión de contrato con conformidad por ambas partes. Así evita la demanda judicial.

    Saludos,
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