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mariacarmen

inquilino/a

Si tengo la calefacción central averiada ¿debo pagarla aunque no funcione?
Tengo casa de alquiler con calefacción central que pago incluida en la comunidad (100 euros a mi cargo aparte del alquiler). Pago igual en verano aunque no se encienda, lógicamente, pero es que ahora está estropeada desde hace días. He tenido que comprar radiadores eléctricos, con el consiguiente gasto, además del aumento que me vendrá en la factura de la luz que también pago yo. Mi pregunta es ¿debo pagar un servicio de calefacción que no recibo y que me está ocasionando gastos, o puedo descontar algo de lo que pago a la comunidad? Gracias.
  • Preguntado por: mariacarmen
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Hola.
    Usted debe informar como le dicen de un servicio que no está recibiendo, que por no usarse está estropeado (falta de mantenimiento).
    Puede instar al casero a que le descuente las reparaciones que habiéndole correspondido no las realizó pero que usted debió informarle con el debido tiempo.
    Puede solicitar el cese del servicio que no usa y que le sea descontado del contrato original.
    Es un poco engorroso pero judicialmente se logra lógicamente.
    Tiene que valorar entre perder un servicio que no usó en el verano y lo pagaba, y ahora en el invierno lo necesita usar pero no lo tiene.
    Cosas de la vida.
    Inste a su casero a resolver de buenas formas.
    saludos.
    visite mi blog.
    Puede releer el capítulo IV de la LAU/94 y el artículo 20 con sus apartados.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • Alquilaalive

    casero/a

    El pago de la comunidad independientemente de los servicios que ésta te ofrezca no lo puedes evitar. De hecho si lo hicieras estarías en un lío. Lo que puedes hacer es comunicar por escrito (burofax) a tu casero que la calefacción no funciona y en consecuencia tienes gastos añadidos de luz. Que si no arregla el problema pronto te verás obligada a descontar de la renta las facturas de exceso de luz que pagas. Pero no dejes de pagar la comunidad.
  • manuel josé

    casero/a

    La revisión anual de calefacción redundaría en averías debido a un mal uso
    ( pérdida de habitabilidad ) obligación del arrendador.

    Si fuera una pequeña reparación sería cosa del arrendatario.

    Debes comunicar por burofax con acuse de recibo para conocimiento del arrendador.

    Artículo 21. Conservación de la vivienda
    1. "El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido

    2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.


    Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
    3. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las más urgente para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.
    4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario serán a cuenta del arrendatario."

    Pudiera considerarse pérdida de habitabilidad. Siendo así podría rescindir el contrato según Art. 26 ( Sin indemnización) que debería comunicar igualmente por burofax, con acuse de recibo. En última instancia, si el arrendador no aceptara la rescisión del contrato sin indemnización tendría que ser un juez quien la concediera. Saludos,
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