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ruben85

inquilino/a

¿El aval bancario significa que tienes que tener tú el dinero o que el banco te puede prestar hasta esa cantidad?
Me vengo a referir que si dejo de pagar, el banco pagaría y luego él me lo reclamaría y ya está, o por lo contrario tengo que ingresar yo el dinero, ¿Puedo avalar con un aval personal?
  • Preguntado por: ruben85
  • Hace 16 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Roberto ha sido el primero en contestar
  • bililacho

    inquilino/a

    Un aval bancario significa que una Entidad financiera acepta ante un tercero responder de la obligación que tu hayas contraído frente a él.

    En plata, que si tu no pagas y el garantizado con el aval bancario reclama, el banco deberá responder de lo que se adeude hasta el límite del aval concedido.

    Las Entidades Financieras ,no obstante, diferencian entre:
    -Avales técnicos: los que se derivan del desempeño de una actividad (prensa en los kioskos, alquilieres, proyectos de obra pública,.....), es decir : aquellos que pueden solicitarse para el desarrollo de determinadas actividades, pero que no se concretan en una deuda cierta.
    -Avales económicos: Los que se concretan en una deuda real frente a la que el banco ha de hacer frente con total seguridad si las resoluciones así lo determinan(frente a una deuda de Hacienda, Seguridad Social, Resolución Judicial que implique apelación, etc...), en definitiva, frente a algo que ya se debe pero que tú no estás conforme y pataleas, pero que para que pataleés como Dios manda te exigen un aval.

    En el caso de los avales tecnicos se suelen otorgar simplemente con la garantía personal (con o sin fiadores) del solicitante (avalado), dado que no hay ninguna deuda concreta y se trata más bien de un formalismo (si el banco confia en tí transmite su confianza al arrendatario, a la empresa proveedora.......).

    En los avales económicos que representan la garantía frente a una deuda cierta, los bancos por norma general exigen el depósito de la cantidad reclamada para prestar el aval.
    Espero haberte sido de utilidad

    -Bililacho-
  • Roberto

    casero/a

    En un aval bancario es el banco quien te avala, como su propio nombre indica, pero por regla general te avala con tu propio dinero. Esto quiere decir que el banco tiene que tener primero tu dinero ingresado en tu cuenta y luego te hace el aval. Este dinero queda retenido y tú no puedes usarlo. Y, además, el banco cobra comisiones por hacer los avales bancarios.

    Sí que puedes avalar con un aval personal si el casero lo acepta.
    • Respondido por: Roberto
    • Hace 16 años
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