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estefa

casero/a

¿Tiene obligación el casero de devolver la fianza cuando el inquilino incumple el contrato y se marcha antes?

En el contrato viene especificado que si el inquilino incumple el contrato marchándose antes, la fianza no se devolverá. El contrato tiene su finalización en marzo del 2011, y además han avisado con tan sólo 15 días.

Yo, como propietario, ¿debo devolver la fianza?

  • Preguntado por: estefa
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (7)
deaquiydealli ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    por si acaso, a mi comentario anterior le ha faltado esto:

    [/ironic]

    estoy muy cansada del cachondeo con las fianzas. ¿cuándo aceptaran los caseros que ese dinero no es suyo y que nunca lo ha sido?

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    pues nada, a cumplir el contrato a rajatabla....tu te quedas la fianza, ellos se van...tu vuelves a alquilar y todos felices.

  • cañero

    inquilino/a

    Iris22, no sé si estefa se habrá enterado de tu recomendación... pero a mi me parece que en cada uno de tus 2 posts dices una cosa diferente...

     

    • Respondido por: cañero
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola estefa:

     

    La cláusula es perfectamente válida por 3 motivos:

     

    1º) Porque no contraviene ningún precepto de carácter imperativo de la LAU 1994.

     

    2º) Porque está basada en el principio de libertad de pactos entre las partes.

     

    3º) Porque la penalización contenida en la misma no podría ser considerada en ningún caso como excesiva.

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

     

  • usuario eliminado

     

    No la devuelva, es mejor para el inquilino porqué quedandose la fianza no podrá pedir nada más.

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    Esa claúsula en el contrato es perfectamente válida. Si el inquilino no está de acuerdo, puede inciar un proceso judicial en el que le demande todas las mensualidades que restan hasta cumplir el año, ya que al no haber respetado el preaviso estipulado por ley de 30 días, el contrato se ha prorrogado por un año más. En caso de que el inquilino sea condenado, también será condenado a costas.

    Considero que para el inquilino perder la fianza es el mejor arreglo.

  • usuario eliminado

    La fianza no es para quedarsela por incumplimiento del contrato, si se quiere se puede iniciar una denuncia por quebrantamiento contractual pero no quedarse con la fianza unilateralmente, la fianza sirve para lo que está estipulado por ley.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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