Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

decmykargb

inquilino/a

¿Qué puedo hacer si después de mudarme descubro que la casa huele continuamente a la cocina del local del bajo ?

Creo que la salida de humos está cerca de la casa y las paredes del baño están cubiertas de grasa. No tenía conocimiento de esto y no sé si puedo considerarlo vicio oculto y desistir del contrato de alquiler.

  • Preguntado por: decmykargb
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (10)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Ingeniero Humberto ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ingeniero Humberto

    Ingeniero Humberto

    inquilino/a

    Podría denunciarlo al ayuntamiento siempre y cuando no cumpla la normativa que esté en la Ordenanza respecto a la ventilación.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola decmy:

    coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.t



  • usuario eliminado

    Claro decmykargb, tiene que tener muy en cuenta lo que le dice PHOLMO. Incluso me atrevería a decir que para acreditar el carácter de inhabitable haría falta el dictámen de un perito que demostrase que el nivel de humos del bar hace inabitable la vivienda.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Esos 'humos' solamente serán significativos en su contrato si hacen inhabitable la vivienda, no a su juicio sino al del JUEZ.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • decmykargb

    inquilino/a

    ¿Pero se puede considerar como vicios ocultos el tema de la salida de humos? Cuando visité la vivienda no se detectaban olores y ahora tengo el olor incrustado en la nariz.

    Voy a comentarlo con ellas a ver qué me dicen, pero veo que me va a tocar aguantarme y oler a frito 6 meses y pagar 1 mes de penalización al irme.Soy propietaria de un piso que tengo arrendado y flipo con las malas prácticas de algunos caseros.

  • usuario eliminado

    decmykargb: esa "cláusula" o "maniobra" que nos comenta es nula de pleno derecho. Las partes no pueden decidir cual es la norma que regula su relación. Ud. sigue teniendo el derecho a desistir a los 6 meses, por más que el contrato diga que siguen rigiéndose por la LAU "anterior".

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • decmykargb

    inquilino/a

    Gracias León, como decía, me cambiaron el contrato e incluyeron la lau 29/1994 en lugar de la lau 4/2013 por lo que tengo un año en lugar de 6 meses.

  • decmykargb

    inquilino/a

    Gracias PHOLMO, la vivienda está en perfectas condiciones, recién pintada (aunque no la han limpiado) y cuando revisé la vivienda, coincidió que no era horario de cocina porque no olía, abrí las ventanas y comprobé el estado del patio. Creo que los propietarios son dueños del local tambien ya que son dueños del edificio. 

    Intentaré hablar con ellos a ver si tuviéramos alguna alternativa. No puedo tender la ropa en la cuerda porque coge el olor del patio. No me informaron de esto y no sé como plantearlo.

    Por otra parte, el borrador del contrato que me pasaron lo cambiaron en el momento de la firma y en lugar de ir con la ley actual incluyeron la LAU 29/1994 para poner que en lugar de 6 meses la estancia mínima obligatoria es de 1 año.

  • usuario eliminado

    Estando de acuerdo con el compañero PHOLMO quisiera añadir que también tiene la opción de desistir del contrato de arrendamiento pasados los 6 meses iniciales, si bien debe tener cuidado de comprobar que en el contrato no haya cláusulas penales para dicho supuesto.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La convenía haber leido el DECALOGO DEL INQUILINO, ahora ha firmado el contrato y probablemente una clausula en que afirma haber examinado la vivienda y encontrarla de su conformidad, la queda la opción de denunciar al Ayuntamiento a ese Bar, si incumple la normativa de salida de humos, puesto que frente a su casero solamente puede actuar si la vivienda es inhabitable por ese motivo.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas