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ESTHERMENG

inquilino/a

¿Puedo estar los dos últimos meses de alquiler sin pagar las cuotas para compensar la fianza entregada?

En noviembre hace dos años que estoy en un piso de alquiler, pero querria dejarlo el 01 de octubre. Según tengo firmado en el contrato tengo la obligación de avisar al propietario (constructora-inmobiliaria) con dos meses de antelación si quiero dejar el piso. Pero.. puedo estar los dos últimos meses viviendo en el piso sin pagar el alquiler para compensar así la fianza de dos meses que entregué a la firma del contrato?.El piso está en perfecto estado, incluso mejor de lo que lo encontré cuando entré. Tengo vecinos que con todas las cuotas pagadas dejaron el piso y no les han devuelto la fianza, aún certificando, la propia inmobiliaria, que el piso estaba en perfecto estado y que procedia devolver la fianza inicial. Por favor, ruego me den alguna respuesta pronto ya que se me agota el tiempo y no se cómo lo he de hacer.

Gracias por la ayuda,

Un saludo

  • Preguntado por: ESTHERMENG
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (5)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Esther:

    No se merecen. Ha sido un placer poder orientarla.

    reciba un cordial saludo

  • ESTHERMENG

    inquilino/a

    Muchisimas gracias!

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola esther:

    el plazo es de 30 días desde la entrega de las llaves y devolución de la vivienda. Encontrará la regulación legal en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • ESTHERMENG

    inquilino/a

    Gracias por la respuesta y la rapidez!

    Y la empresa tiene algún plazo legal para la devolución de la fianza? Algunos inquilinos que ya no están llevan mucho tiempo luchando para que les devuelvan la fianza y les van dando largas. Me preocupa que no me la devuelvan, y como estan las cosas... se una cantidad importante para mi bolsillo.

    Gracias por adelantado.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Esther:

    Salvo que su arrendador acepte compensar los 2 meses de renta con la fianza, la respuesta a su pregunta es negativa. En caso de que su arrendador acepte el citado acuerdo éste deberá ser plasmado por escrito y anexado al contrato de arrendamiento.

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

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