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En noviembre 2001 alquilamos un piso por 5 años. En el contrato se indicaba que al vencimiento debíamos firmar otro contrato, que nunca llegamos a firmar. En el mes de enero 2010 informamos verbalmente al propietario, a través de la empleada de su oficina, de que entregaríamos las llaves del piso a finales de febrero. El aviso a la empleada se realizó en 2 ocasiones y personas distintas. La última semana de febrero, al entregar las llaves, la empleada nos informa que el propietario quiere confirmar el contrato y que nos recogería las llaves sin problemas la primera semana de marzo. Cuando volvimos nos informó que el dueño se negaba a recoger las llaves y que no le permitía a ella hacerlo. ¿Qué se supone que podemos hacer?
Tu contrato venció (incluyendo los 3 años de prórroga) el pasado octubre.
Al no haber hecho nadie nada, el contrato se prorrogó por la tácita un año más.
UN AÑO
Por tanto, no podéis iros del piso, a riesgo de ser demandados por el propietario, hasta el siguiente cumpleaños del contrato, y 30 días antes a dicho cumpleaños, debéis avisar fehacientemente de vuestra intención.
Saludos - Papeleos Alquiler
Teneis el problema clásico de las notificaciones verbales, si podeis acreditarlas por otros medios podeis correr el riesgo d einstar un aresolución judicial contra la voluntad del dueño.
Puede consultar en mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)
a partir del 5º año , el contrato se prorroga por años , hasta un máximo de tres. mándale un burofax comunicando tu intención de dar por extinguido el contrato de arrendamiento y dile que las llaves las tiene a su disposición en la oficina.