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mercedes24

inquilino/a

¿Podemos rescindir un contrato de alquiler por decisión de la mayoría de los inquilinos del piso?
Somos tres compañeras que tenemos alquilado un piso, ahora y por diferentes motivos dos , tenemos que dejar el piso, la tercera no está de acuerdo ( a pesar de que ella sola no puede mantener el alquiler) y quiere que le solucionemos el problema en el que ella se encuentra (no considera el problema que tenemos nosotras) buscándole a personas que puedan compartirlo con ella.
  • Preguntado por: mercedes24
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Habéis firmado un contrato y tenéis que cumplirlo. Si lo habéis hecho por un año podéis rescindirlo al final de cada anualidad comunicando por burofax con acuse de recibo con una antelación de 30 días a la finalización de cada anualidad o una de sus prórrogas, con la firma de todos los titulares del contrato.

    Si desistís en medio de cada anualidad es incumplimiento de contrato y puede demandaros judicialmente y gastos de abogados, procurador y costas judiciales. El juez puede exigiros rentas de meses que faltan o hasta que vuelva a tener alquilado el piso. Negociar con el casero aunque le tengais que pagar 1 ó 2 mensualidades siempre las 3 estéis de acuerdo.

    Si el contrato es solidario las tres sois responsables al 100%.- Si marchais dos se tendrá que hacer cargo de todo la persona que queda. La solución sería encontrar dos personas para sustituiros en el alquiler contando con la aprobación del dueño.

    Saludos
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Doy por hecho que el contrato fue firmado de modo solidario por las tres arrendatarias.

    Si "rompéis" el contrato dejando el piso fuera del cumpleaños del contrato, tendréis un problema, las tres.

    No basta que os pongáis de acuerdo vosotras... el propietario también tiene algo que decir...

    Los contratos se firman para ser cumplidos por ambas partes, y otorgan derechos y obligaciones a ambas partes.

    Las inquilinas tienen derecho a estar hasta 5 años (a veces 8) , y la obligación de cumplir las anualidades completas , y el casero también tiene la obligación de tener a esas inquilinas (hasta 5 años si ellas quisieran) y el derecho a cobrar la renta de cada anualidad completa.

    Si las inquilinas se marchan antes de tiempo y el casero las demanda, lo habitual, lo que la jurisprudencia ha dictado en ocasiones similares, (cuando las partes han acabado en los Tribunales) es que los inquilinos deben pagar hasta que se termine la anualidad en curso o hasta que el piso se vuelva a arrendar. Es decir, otro inquilino, libera del pago. Además, y esto sería lo más caro, el inquilino que incumplió el contrato suele ser condenado en costas (abogados y procuradores de ambas partes)

    Por todo esto, no es infrecuente que inquilinos que deseen irse antes de tiempo, ofrezcan al casero una indemnización (a pactar si no se estipuló nada en el contrato) a cambio de firmar una resolución bilateral de contrato, y evitar un pleito desagradable, largo y caro.

    Saldrá más barato pagar 2 ó 3 mensualidades a modo de indemnización que un pleito con sus costas, y con una sentencia probablemente como la que te he comentado.

    Eso sí, en el cumpleaños del contrato, podéis no renovarlo tranquilamente. Pero las tres.

    Si dos se van y una se queda... entonces el contrato sigue (se renueva por otro año) y el casero podría reclamar la renta a cualquiera de las tres, incluso a las que no vivan ahí.

    Debéis poneros de acuerdo y tomar una decisión, pero las tres la misma.
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