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Sara

inquilino/a

No prorrogación del contrato de alquiler
Buenos días, somos inquilinos y hoy se cumple un año desde que firmamos el contrato de alquiler vía fincas inmobiliarias. Hemos encontrado otra casa y nos queremos ir. Mi pregunta es: ¿qué pasa si no lo comunicamos con los 30 días de antelación? ¿Pueden no devolvernos la fianza? ¿Podemos seguir adelante con el contrato de arrendamiento de la nueva casa? 
Gracias.  
  • Preguntado por: Sara
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Sara

    inquilino/a

    Claro, pero eso en caso que quede contrato por cumplir. En nuestro caso hoy justo cumplimos el año, que es lo que está estipulado en la duración de nuestro contrato: "El plazo de duración del presente contrato es de UN AÑO y comenzará a regir a partir del día de hoy"..."Finalizado el plazo inicialmente estipulado, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de TRES AÑOS, salvo que el ARRENDATARIO manifieste al ARRENDADOR, con treinta (30) días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo". 
    Yo con esto entiendo que el contrato ya ha finalizado y si nos marchamos no nos pueden pedir los alquileres de los tres años de prórrogas, puesto que la duración obligatoria es de un año. Está claro que si nos esperamos 30 días no habría ningún tipo de penalización, pero mi pregunta es si no nos esperamos. 
    Gracias por sus respuestas.
    • Respondido por: Sara
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Sara lamento no estar de acuerdo con Vd. Ese contrato sí tiene una cláusula penal, aunque ineficaz, vd misma la transcribe: "en el supuesto que el arrendatario desista del contrato de alquiler, las partes convienen que deberá abonar al arrendador una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir"
    Es ineficaz porque la duración pactada es de un año, por lo tanto vd., en este momento, no tiene ningún tiempo pendiente de cumplir.
    Es lo que tiene el copia/pega, para redactar un contrato.
    En definitiva, lo dicho, si se marcha sin el preaviso deberá pagarlo en alquileres. Aprovecho para recomendarle la lectura de EL DECALOGO DEL INQUILINO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Sara

    inquilino/a

    Nuestro contrato es de un año prorrogable a tres años (mínimo). Una de las cláusulas es "Supuesto de no procedencia de la prórroga del contrato", pero únicamente explica que en el caso de que el arrendador necesite la vivienda y nos lo comunique con dos meses de antelación la no prorrogación se haría efectiva. No dice nada por parte del inquilino, excepto en otra cláusula "Desistimiento del contrato", que dice que transcurridos los primeros seis meses (llevamos justo un año) y en el supuesto que el arrendatario desista del contrato de alquiler, las partes convienen que deberá abonar al arrendador una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Y especifica: "Mínimo de alquiler será de doce meses, si el arrendatario pide la resolución antes de los doce meses, tendrá que abonar las mensualidades restantes hasta los doce meses del inicio del contrato".
    No nos encontramos en ninguna de esas situaciones, y no especifica nada de penalización.
    • Respondido por: Sara
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Sara si se marchan si preavisar fehacientemente con treinta días de antelación, el casero puede cobrarselo en alquileres y compensar ese importe con la fianza. Por otra parte debería leer el contrato por si han admitido una clausula penal por desistimiento anticipado que también deberán pagar.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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