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cgarciasanz

inquilino/a

Puede mi casero penalizarme con el 50% de las mensualidades restantes si dejo el piso antes de cumplir el segundo año?

El 1 de septiembre de 2012 cumpliría el segundo año, pero dejo el piso el 1 de Agosto. A pesar de haber avisado al casero con 3 meses de antelación, me quieren penalizar con el 50% del periodo pendiente, es decir, medio mes. Esta claúsula aparece en el contrato de arrendamiento, pero me dijeron en su día que si avisaba con tiempo no la aplicarían. Pero ahora quieren penalizarme. Creo que esta claúsula es abusiva teniendo en cuenta que ha avisado con más de 30 días de antelación. ¿Es legal que quieran aplicar esta penalización?. ¿Que puedo hacer para que no me penalicen?

  • Preguntado por: cgarciasanz
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Yo no lo veo abusivo. La próxima vez, las cosas por escrito, que la gente tiene mala memoria.

    De hecho da gracias que te aplican un 50%, podrían reclamar el pago completo. No tiene nada que ver con los días que avises, pues los 30 dias de antelación son para avisar a finalización de contrato, no en cualquier fecha.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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