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Interceptor

inquilino/a

Rescindir un contrato de temporada de 11 meses. ¿Puedo perder la fianza?

Hola,

Alquile un apartamento y ponía que era de temporada por 11 meses, cosa que no entendía porque la iba a usar como vivienda habitual. El caso es que llevo 6 meses ya en ella y me quiero ir a otra vivienda por motivos  económicos. Al decirles que me quiero ir me dijeron que se quedarían con la fianza. ¿Es normal esto? ¿Se puede hacer? El contrato no dice nada sobre avisar con un mes de antelación pero por eso no tengo problema, avisaría de todos modos. 

¿Hasta qué punto en un contrato de temporada me pueden exigir por su cese, dentro de la legalidad?

Gracias.

  • Preguntado por: Interceptor
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Contestada en el otro tema.

    De nada, un placer.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    En el otro tema te he hecho una petición.

    Gracias.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Mari Lolis, te lo acabo de decir en otro tema y te lo repito aquí. La fianza puede ser retenida hasta que se pacte una indemnización.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    También puedes exigir que te devuelvan tu fianza porque no es para eso y esperar a ver qué ficha mueven.

  • Interceptor

    inquilino/a

    Amparo en el contrato pone que si cambio la cerradura sin aviso al dueño se rescinde el contrato, así me devolvería la fianza y el contrato lo rescinde el no?

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si se quedan con la fianza, no dudes en aceptar el trato.

    Los contratos se firman para cumplirlos -por ambas partes- y quien no lo hace, se arriesga a ser demandado y que le exijan judicialmente (con los gastos que ello conlleva) el cumplimiento íntegro.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

     

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