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Por lógica creo que tendrían que estar a nombre del inquilino, pero tengo miedo que no paguen los recibos y me corten la luz con el coste añadido del enganche. Por otra parte no se si puedo deducir estos gastos al hacer la declaración de la renta si están a nombre del inquilino. Por último otra cuestión si pido un aval bancario y se deja algún recibo sin pagar puedo ejecutar dicho aval
Hola, como te dicen Oscar para desgravar tiene que estar a tu nombre y pagarlos tu
el estar a tu nombre los suministros agua,luz.. etc si el inquilino no paga tu eres responsable de la deuda
si el inquilino esta a su nombre los suministros y no paga el responsable es el inquilino y no eres tu
el problema suele ser que dar de alta los suministros es un dinero que habitualmente los inquilinos no lo quieren asumir
y respecto al aval bancario para eso sirve, si no paga se descuenta al final
A ver yo no te voy a sacar de dudas, pero te planteo las opciones para que te lo pienses:
Por un lado ante posibles bajas de suministro te beneficias, porque controlarias en todo caso si paga o no. Manteniendolo a tu nombre y cambiando el número de cuenta. Hay que tener en cuenta que si hay una baja de suministro tanto de agua, como eléctrica, creo que en el gas no hace falta. Necesitas un certificado de habitabilidad de 2ª ocupación, que te lo tiene que firmar un técnico (arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico....). Que te costará lo que te quieran cobrar (150 €....infinito), mas una tasa de 50 euros por presentarlo en el ayuntamiento, aprox...
Por ese lado bien, porque controlas, lo malo es que si deja de pagar te agobiarían a ti las compañias suministradoras.
En el otro caso, si el inquilino deja de pagar, las empresas irían contra él. Aunque a ti te tocaría pagar las tasas que te he comentado, ante una supuesta baja, supongo que legalmente se las podrías reclamar. (jaleos)
Yo, como inquilino, siempre he tenido los recibos a mi nombre, pero yo siempre he pagado. Así que ante la mala fé, no se que te vendrá mejor. Yo ultimamente hablando con un amigo que tiene una vivienda alquilada, me comentó que prefería tener los recibos a su nombre y el numero de cuenta del inquilino, porque si había un problema, la broma iva a ser poca pasta. Y a partir de entonces se lo podría reclamar al inquilino.
Ya nos contarás que decides, o a ver qué te aconseja más gente.
Saludos
Hola,
Estos recibos para poder desgravarselos además de estar a su nombre tendría que pagarlos usted.
Lo normal es que vayan a nombre del inquilino, así se hay deudas despues los puedes volver a dar de alta a tu nombre (con el coste del alta). Si van a tu nombre y no pagan, la compañia suministradora te lo podrá reclamar a ti judicialmente.
Para eso está el aval bancario.