¿Hay que devolver la fianza si el inquilino se va a los 3 meses de iniciar el contrato?
Hice un alquiler de temporada de 1 año prorrogable a 5 años desde el 1 de Sept y ahora el inquilino me dice que por motivos de traslado lo deja y quiere que se le devuelvan los 2 meses de fianza. El contrato dice que de 1 año de obligado cumplimiento y si no cumple el contrato pierde la fianza. Dice que los 2 meses de fianza son ilegales y que reclamará judicialmente.
Preguntado por:
Dinahdelae
Hace 15 años
Categoría: Caseros
Respuestas (5)
mol ha sido el primero en contestar Ramon Ruiz ha sido elegida Mejor Respuesta
Ramon Ruiz
casero/a
dinahdelae,
- ¿Hay que devolver la fianza... ? - No.
Así de corta y clara es la respuesta a tu única pregunta.
manuel josé, en cambio, ha querido instruirte más y te ha dado una extensa lección, sobre temas que tú no habías preguntado, pero que él considera que debes saber. Lástima que ha olvidado responder tu pregunta.
Si haces un contrato de vivienda permanente o habitual por un año se prorroga automáticamente (sin hacer nada) hasta los 5 años. Entonces al finalizar el 5º año puede el casero rescindir contrato comunicando por burofax con acuse de recibo 30 días como mínimo (o más si figura en contrato) de antelación a la finalización del contrato o prórroga. El último día se reúnen ambos, revisan la vivienda, figuran desperfectos, averías, consumos pendientes y se figura en documento de final de contrato firmado por ambos con copia para cada uno. Antes de un mes el arrendador de vuelve la fianza que es para cubrir desperfectos,.... si está limpio (sin nada) el documento. En caso de desperfectos, consumos, deducirá de la fianza y garantías el importe de desperfectos, averías, consumos figurados en documento de final de contrato, previa presentación de facturas.
Si el arrendatario se marcha a mediados de año sin cumplir lo firmado (un año) es incumplimiento de contrato y en caso de demanda judicial un juez normalmente le condena al pago de mensualidades restantes hasta finalización de la anualidad o hasta que el piso esté alquilado. Muchos gastos para el que pierde el juicio, abogados, procuradores, costas judiciales. Se suele negociar porque es mejor para el inquilino perder una o dos mensualidades firmando documento de rescisión de contrato con conformidad para evitar demanda judicial. La fianza en vivienda es un mes, en locales 2 meses. Pero se pueden pedir otras garantías, un mes, dos ,tres, cuatro,....
El contrato de temporada suele ser inferior al año pues su objeto es que no esté alquilado 5 años pero para ello no es suficiente que se firme que es temporal. Tiene que ser soportado por documentación justificativa de la temporalidad, un empleado desplazado de su ciudad por razón del trabajo, u estudiante matriculado para hacer un curso, vacaciones de quien tiene vivienda habitual e otra ciudad ... Se hacen por menos de un año. Pasan unos meses y se vuelve a alquilar temporalmente. Saludos
Los dos meses de fianza no son ilegales, la ley dice que se puede pedir un mes de fianza y cuantas otras garantías pidas, puedes pedirle perfectamente otro mes o tres o cuatro, si él lo da no hay problema y no es ilegal. Que reclame lo que quiera no conseguirá nada. Si tú le has estipulado en contrato que él pierde la fianza si no cumple es lo pactado y se tiene que aguantar. Sino pídele una mensualidad por cada mes que no está alquilado el piso hasta que encuentres un inquilino, eso es legal y lo puedes hacer, la ley dice que si es contrato de duración superior a 5 años deberá abonar una mensualidad por cada año que no cumpla más la parte proporcional del año, si el compromiso en contrato es de un año obligatorio que lo cumpla o que pague las mensualidades hasta hayar a otro inquilino, o que se conforme con perder los dos meses de fianza.
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