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piluxi

inquilino/a

Mi contrato de arrendamiento no es legal, ¿puedo reclamarles algo? ¿pueden echarme del piso cuando quieran?

El contrato de mi piso fue gestionado por una immobiliaria pero no es timbrado, ni tiene sello más que la firma de la propietaria y la mía. Está hecho a ordenador, ¿esto es legal? ¿me podría echar cuando quisiera? tengo un nene discapacitado y se han acabado con mi confianza les dije a los de la agencia que no pasara de 600 euros y después de estar con ellos dos meses buscando.. encontraron uno por 650 se suponía que entraba todo en el alquiler.. menos gastos de suministros.. ahora resulta que como no me leí el contrato por completo cuando fuí a pagar me dicen que tengo que pagar la comunidad que son 25 euros más.. y es verdad, lo pone en el contrato este tan estraño ... pues pagando 675 en total no puedo salir adelante y eso ya lo sabían.. también es cierto que no tengo contrato de trabajo, soy catalana con disminución y todo son ayudas de por vida de la Generalitad de Catalunya. Más una pensión ... ¿puedo reclamarles algo? pueden echarme del piso cuando quieran? a efectos legales soy inquilina?

  • Preguntado por: piluxi
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
inquilino_ y_propieta ha sido el primero en contestar
Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Si, yo me he equivocado con el tema de elevarlo a escritura pública...
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Muelles guapa, no iba en absoluto por tu post, el cual suscribo totalmente. Es que abajo del todo Inquilinoypropiet dice:
    "Lo único que si alguna de las partes quiere que se timbre, esa parte (la que lo solicita) tendrá que correr con los gastos. Es decir, que si quieres que se timbre tendrás tu que pagar los gastos. Pero no sé porque lo quieres.... "
    Y eso, sí que podía dar lugar a error. No es así, los timbres es algo obligatorio, por cuenta del inquilino y subsidiariamente del propietario, pero que casi nadie hacemos.
  • Muelles

    casero/a

    Tienes razón, Amparo, me expresé mal. Mi intención no era dar a entender que el "timbrar" el contrato era opcional, no lo es. Lo que quería remarcar es que ello no invalida ni resta legalidad al contrato suscrito.
    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    piluxi,

    Sólo una última posibilidad de librarte de esos 25 € de gastos de comunidad. Si en el contrato dice que tú pagarás esos gastos, pero no indica la cantidad concreta, la cláusula es nula, por defecto de forma y tú puedes negarte a pagar esos 25 €.

    Por lo demás, suscribo las respuestas que ya te han dado.

    Ramón Ruiz.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Timbrar el contrato (que no es nada más que el pago de un impuesto) no es algo optativo.
    Es algo que debe hacerse pero que la mayoría de las veces no se hace.
    Y son responsables tanto inquilino (el primero) como el casero (subsidiario)
    Yo hice esa pregunta, y lo que os he dicho, fue lo que me contestó Guimaraes Abogados
    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/sobre-impuesto-actos-juridicos-documentados_6781.html
  • Muelles

    casero/a

    Su contrato de arrendamiento es perfectamente legal, no es necesario papel timbrado ni sello alguno, basta con la firma de ambas partes. Al firmarlo, ambas partes se comprometen a cumplir los acuerdos adoptados en dicho contrato, por lo que era su obligación leer el contrato por completo antes de fimarlo, ya que al hacerlo usted ya ha aceptado sus condiciones.

    Por tanto, y en respuesta a sus preguntas:

    1) "¿puedo reclamarles algo?". No, ya que según relata hay aceptación por ambas partes.

    2)"¿pueden echarme del piso cuando quieran?". No, ya que están obligados por ley a respetar la duración inicial del contrato y prórrogas anuales hasta 5 años si usted así lo desea.

    3) "¿a efectos legales soy inquilina?". Sí, a todos los efectos legales es usted la arrendataria.
    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿Esto es legal?
    Sí, es legal aunque le falten los timbres. (Que por cierto, no se si sabes que son por responsabilidad del inquilino)
    Sería legal incluso escrito a lápiz sobre la tapa de una caja de zapatos.

    ¿Me podría echar cuando quisiera?
    No, sólo te podrá echar dentro de 5 años (salvo cláusula de no renovación por necesidad anterior como vivienda para el casero, o salvo que dejes de pagar )

    No veo por qué ese contrato es tan "extraño"

    El hecho de que no lo leyeras es el origen de tus problemas.

    ¿Puedo reclamarles algo?
    ¿Por qué motivos?

    ¿Pueden echarme del piso cuando quieran?
    No, ya te lo he explicado más arriba.

    a efectos legales soy inquilina?
    Sí. Así es.
  • manuel josé

    casero/a

    El contrato es válido a todos los efectos aunque el arrendador no haga el depósito de la fianza porque ¿la entregó?. Si no fuera así quizá debiera buscar más. Hoy pisos vacíos, los hay en abundancia. Pero si quisiera hacerlo debería negociar pues marcharse sin cumplir el año es incumplimiento de contrato y si la demandan judicialmente es mucho dinero. Si acaba de entrar en el piso, como ha firmado el contrato y en él se especifica que recibe el piso en perfectas condiciones, al igual que el mobiliario y demás, es conveniente que por burofax con acuse de recibo comunique todos los desperfectos, averías, faltas, consumos pendientes anterior inquilino ( o lectura actual contadores). El contrato firmado por un año se prorroga automáticamente (sin hacer nada) hasta los 5 años. Antes no puede rescindirlo el arrendador. El inquilino puede marcharse comunicando por burofax con acuse de recibo 30 días como mínimo antes de la finalización de la anualidad o prórroga. Y el último dia se reúnen ambos para revisar el piso y todo. Entonces verá desperfectos ( incluyendo los de principio del contrato). Con el burofax justifica no haber recibido eso en buen estado. Figurarán en documento de final de contrato los desperfectos, averías (que haya hecho), consumos pendientes. Firmarán el documento de final contrato y copia para ambos. Entregará las llaves y un mes después deducirá de la fianza el importe de desperfectos y le abonará la diferencia, previa presentación de facturas. Saludos,
  • livia

    inquilino/a

    Muy imprudente no leer detenidamente el contrato, ahora tienes que pagar la comunidad. Es responsabilidad propia leer y comprender perfectamente lo que uno firma, siempre y en todo,
    En cuanto al precio aunque estaba encima de lo que buscabas , tú lo aceptaste, pues esa es la renta pactada y la que debes pagar,
    El contrato es perfectamente legal, esté timbrado, sin timbrar, escrito en ordenador o manuscrito en papel de WC, sea escrito o verbal. No, puedes reclamar nada.
    Desde luego no te pueden echar cuando quieran, siempre que tú cumplas puntualmente con tus compromisos contractuales, los hayas leído o no. Desde la firma del contrato tienes derecho como, y si tú lo decides , a un mínimo de cinco años de permanencia en esa vivienda.

    Espero que alguien más confirme mi opinión y puedan despejar tus dudas
    • Respondido por: livia
    • Hace 15 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    El contrato es perfectamente legal.

    Lo único que si alguna de las partes quiere que se timbre, esa parte (la que lo solicita) tendrá que correr con los gastos. Es decir, que si quieres que se timbre tendrás tu que pagar los gastos. Pero no sé porque lo quieres....

    Respecto a lo de la agencia... La verdad es que no han obrado correctamente (hablando desde el punto moral). Pero ¿te dieron algún papel donde se comprometían a buscarte algo por 600€ con todo incluido? Seguramente no. Es más. Creo que te dirían que te intentarían encontrar algo por ese precio (intentarían encontrar).

    La gente suele regatear. Es decir, que igual que algunos caseros rebajan el precio que dicen en un principio, los inquilinos en algunas ocasiones deciden pagar un poco más de lo que dijeron si el piso les gusta mucho. Es por eso por lo que normalmente te enseñan más cosas que quizá no se ajusten tanto.

    O si después de ver el piso les dices que lo quieres por un poco menos, pues ya hablan con el casero. Pero después de que digas que estás interesada....

    Es verdad que te lo tenían que haber dicho más claramente. Pero es que te lo dijesen antes de que te fueras a vivir allí. Antes de que te comprometieras a nada, porque te lo pusieron en el contrato... Y me imagino que nadie te obligaría a firmarlo.

    Asi que lo siento piluxi, pero es que si has firmado algo con lo que no estás de acuerdo, la única culpable eres tú ...

    Y tu última pregunta, no, no pueden echarte del piso cuando quieran. Tienes un contrato de alquiler, me imagino que por un año. Tienes que estar allí un año. Si entonces no quieres renovar, tendrás que avisar al casero con la antelación que marca el contrato. De no avisar, el contrato se renovará por periodos anuales, hasta el año 5.

    El casero no te puede echar hasta ese quinto año. A no ser que dejes de pagar. Entonces puede iniciar los trámites de desahucio, y cuando salga la sentencia el juez te obligará a pagar los meses que tengas de retraso y los costes del juicio (abogados y procuradores de las dos partes).

    Te cuento todo esto para que comprendas que una vez firmado un contrato, tienes que cumplirlo. Y si no lo cumples..., pues te puede salir un poco cara la broma.

    Si estás en dificultades, habla con el casero para buscarte otra cosa o para ver si te rebaja el alquiler (aunque esto último me imagino que es complicado porque acabas de entrar).
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