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usuario eliminado

Contrato del alquiler indefinido irrompible, ¿es posible?

Estoy planteándome el alquiler de un local que esta en bruto para la creación de un restaurante. Debería por tanto remodelar todo el local e instalar toda la maquinaria necesaria para su funcionamiento. La duda esta en que estaría en regimen de alquiler y no quiero que el arrendador pueda expulsarme del local cuando el quiera y quedarse con el restaurante. ¿Es técnicamente, o legalmente, posible el firmar un contrato irrompible por parte del arrendador? Por supuesto, en caso de impago entiendo que se pueda romper pero no quiero que se admitan mas posibilidades que ese supuesto.

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (32)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Para empezar te has descontado. Que trabajas en una gran empresa lo has dicho tres veces, si contamos en esas veces una referencia a "empresa" sin el grande delante. Para ser una entidad financiera no os han enseñado a contar.

    Supongo que debes ser el teleoperador tocanarices de co fi dis, pq otra explicación lógica a tu mal humor me es imposible suponerla.

    Tu lista sobre mis comentarios no hacen mención a ningún disparate, deberías buscar alguna otra definición, y sería imposible "retratar" a alguien como "disparatado".

    Se me hace harto difícil entender que una gran empresa contratase a alguien q no sabe usar ni comas ni sabe escribir, a menos que fuera para puestos de baja escala ( repito, q me la trae al pairo de qué trabajes).

    Deberías releerte todo el hilo y releer todas las contestaciones, obviando las mias, y quizá se te iluminase algo y verías que eres el único que opina de esa forma, con lo que se aplicaría la teoría de Freud de que uno ve en los demás lo que no le gusta de sí mismo.

    Y mira que te dije q no fueras demagógico, pero tú erre que erre.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    No tienen los problemas que puedo tener yo para renovar los alquileres.

    Si quieres seguir haciendo el ridiculo afirmando que no se ni en que tipo de empresa trabajo, poniendo re relieve una vez más tu prepotencia, tu mismo:

    Trabajo en una entidad financiera, miles de locales en España y en el extranjero, alquilados o comprados. Como puedes ver NO es una franquicia, como ya te he dicho, con esta vez, en 4 ocasiones. Aunque tu erre que erre llevando la contraria y opinando sobre algo que desconoces.

    No dudo de tus conocimientos en temas de alquiler, pero como persona no cabe duda que bueno, te retratas facilmente. No hace falta nada mas que leer la coleccion de disparates que eres capaz de fabricar en tan poco tiempo:

    -Ya te ha dicho un método.

    -Como cocines igual que lees, no te auguro nada bueno en la hosteleria.

    -Veo que le cuesta pensar y necesita que se lo den todo hecho.

    -Puede seguir intentando ser cínico en sus respuestas

    -Lo único que hace es ir perdiendo tiempo.

    -Y sí, aunque te j0da fuí yo quien te lo dijo.

    -Las grandes empresas no tienen alquileres, sencillamente compran el local.

    - Nadie le aceptará una cláusula de cancelación anticipada sin derecho a indemnización.

    -no los consigues leer con tu obcecación.

    -Seguramente tú no trabajas para una "gran empresa",sino para una franquicia.

    -y tú quieres trabajar cara al público? Xd

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Jo, con lo fácil q te habría sido preguntar a tu "gran" empresa como lo hacen y qué conceptos usan para incrementar el alquiler.

    me leo, y por desgracia ( o no), te sigo leyendo.

    intenta no ser demagógico.

    por cierto, sigo apostando q trabajas para una franquicia, no para una gran empresa.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    y tú quieres trabajar cara al público? Xd- No se de que te ries. Llevo ya unos cuantos años trabajando cara al publico, para ser exactos 7,5 años Xd.

    Te vuelvo a repetir, ya por 3 vez, que trabajo para una gran empresa, y no no es una franquicia, con cientos de delagaciones en España y por el extranjero, algunas en propiedad y otras en alquiler. Ahora resulta que solo tu sabe diferenciar lo que es una franquicia de lo que no.... y pones en duda que los demas sepan diferencias en que tipo de empresa trabajan... alucinante.

    tu te lees???

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En fin, lo que hay q leer.

    franquicias grandes hay bastantes.

    i k e a

    v o d a f o n e

    y o i g o

    m c d o n a l d s

    z a r a

    etc.

    donde trabajas y lo que cobras sinceramente me da absolutamente igual. Me preocupa más lo que ingreso yo mensualmente que lo que ingresa, por ejemplo, el sr. Iker casillas

    dudo mucho q hayas leído mis más de 3Mil respuestas para que digas que en cada una de mis intervenciones hay mezquindad. De todas formas en psicología se dice que uno es adverso a lo que tiene, y normalmente refleja en los demás sus propios temores.

    en serio, no te creas tan importante. Para mi no eres ni una mosca pasajera, y que te vaya bien o no en tu vida no me va a quitar el sueño.

    y tú quieres trabajar cara al público? Xd

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    Y pq ahorate preocupas de en donde trabajo yo???? tambien quieres saber mi salario??? Pones de relieve tu tremenda mezquindad en cada una de tus intervenciones. Seguro que si no tuviera un trabajo y cobrase una miseria te llevarias una gran alegria. Asi es la españa de envidia!!! en fin...

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Seguramente tú no trabajas para una "gran empresa",sino para una franquicia, que es bastante diferente.

     

    lo demás ya es que paso de comentarlo. La perra gorda pa ti

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    -Puedes usar cualquier tipo de índice. Hombre, no hay que ser muy habil para imaginar que te puedes atener a lo que firmen las partes libremente. El problema era concretar o relizar sugerencias sobre una formula "creible" para ambar partes. La que creo que mejor se podria adaptar al tema es la que sugirio Pholmo de actualizar la renta segun el informe de una API (quizas la media de 2 o 3 para afinar mejor la media). Ademas resulta como el mismo dice bien facil es concreta y aporta una solucion al tema planteado. No, no!!!! por favor!!!!!, no me repitas otra vez que puedo coger un indice a libre albedrio. :-p

    - Las grandes empresas no tienen alquileres, sencillamente compran el local.- Joer, pues yo que trabajo en un empresa con cientos de locales en España tiene unos cuantos alquilados. Esta si que fue buena.

    - Nadie le aceptará una cláusula de cancelación anticipada sin derecho a indemnización. Pues hombre, si el tio tiene el local vacio desde hace, que se yo mmmm..... 20 años, igual entra por el aro. Ya he dicho 20 veces que es problema mio y de él, y que no me preocupaba. Pero tu dale, sigue con el temita hombre.

    Con la respuesta de Pholmo me vale.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En fin, lo que hay q leer...

    Como bien te han dicho, te he dado varios argumentos, pero parece ser q no los consigues leer con tu obcecación. Intentaré resumirtelos por puntos.

    -Puedes usar cualquier tipo de índice. El ipc general es la forma de actualización que marca la LAU durante los primeros 5 años, no es que sea algo que la gente acepte porque sí.

    -Lo de la obligatoriedad recíproca ya te lo han explicado. Y sí, aunque te j0da fuí yo quien te lo dijo. ( lo de usar cualquier índice tb)

    - Como le han dicho al exponer su "miedo", la respuesta está en el artículo 34 de la LAU. Aparte, los permisos para tal negocio y el traspaso estarán a su nombre, y será usted quién marque el precio de traspaso.

    - Las grandes empresas no tienen alquileres, sencillamente compran el local.

    - Nadie le aceptará una cláusula de cancelación anticipada sin derecho a indemnización, pero eso y otras cosas que está planteando ya las verá solito a la hora de negociar.

    Por cierto " cuando el sabio señala la luna, el burro mira al dedo". Si no entiende este refrán, no se preocupe

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    No te habia leido pholmo. Estaba escribiendo mientras tanto.

    Esa es una muy buena solución que no conocia y son de las del tipo que estaba esperando.

    Muchas Gracias

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    Con la larga duracion no creo que haya problema.

    Lo que mas me preocupa ahora como decia es "el fijar un sistema desde el principio con el que me pueda asegurar que el casero no pierda poder adquisitivo con el paso de los años y que sea justo para ambar partes."

    Igual que para el corto plazo se acepta habitualmente el IPC por ambas partes sin que ninguna de las dos rechiste, pensaba que podria existir, o que alguien conociera, alguna formula habitual para el largo plazo que suela ser aceptada.

    Pensaba que las grandes empresas, en regimen de alquiler y que mantienen abierto comercios durante años, utilizaban un sistema parecido para actualizar sus rentas.

    Si no existe formula habitual, o de desconoce, doy por cerrado el tema.

    Gracias por la colaboración.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Seguimos:

    juliosoft dixit:Si yo firmo un contrato de largo plazo, es para evitar que el casero se pueda quedar con el negocio al vencimiento del mismo.

    La solución a eso estáprevista en el art. 34 de la LAU

    juliosoft dixit:Ahora lo que queria, es fijar un sistema desde el principio con el que me pueda asegurar que el casero no pierda poder adquisitivo con el paso de los años y que sea justo para ambar partes. Como??? no lo se

    Es bien fácil, someter la actualización del alquiler al dictamen de un experto (API) que determine el valor de mercado cada X años.

    Corto y cierro

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Julio, veras como todo es negociar y pactar:

    imagina que yo soy el dueño del local: si me dices que incluyes una clausula para poder cerrar e irte cuando quieras no te acepto una larga duracion sin esa posibilidad tambien para mi porque, pongamos, me puede apetecer abrir a mi un negocio en ese local.

    y para no perder poder adquisitivo pues, por ejemplo, a partir del 5 año de vigencia te pido la subida del ipc con un minimo del 10%

    lo que no vas a encontrar hoy dia es a un tonto que te firme 9. 000 años a 45 libras anuales de renta, como le ocurrió al fundador de la cerveza Guinnes, asi que, como te han dicho, a negociar.

     

    __pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • usuario eliminado

    Si yo firmo un contrato de largo plazo, es para evitar que el casero se pueda quedar con el negocio al vencimiento del mismo.

    Si incluyo una clausula en la que por cierre del negocio el contrato pierde vigencia sin contraprestacion alguna ya tengo solucionado el problema de una posible cancelacion anticipada del contrato pq el negocio me vaya mal. Eso es facil de resolver. Y si el casero le da igual tenerlo alquilado de por vida mientras el negocio funcione es su problema.

    Ahora lo que queria, es fijar un sistema desde el principio con el que me pueda asegurar que el casero no pierda poder adquisitivo con el paso de los años y que sea justo para ambar partes. Como??? no lo se.

    donde esta la duda de mi cuestion????

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si Phomo, creo que mi abuela lo decía así también. Qué habré visto en este post que me ha hecho darle la vuelta.

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