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Juandi

inquilino/a

¿Puedo alquilar una vpo? ¿es ilegal verdad?
el problema es del propietario o también del inquilino
  • Preguntado por: Juandi
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Hola.
    Estas son viviendas cuya tipología, dimensiones y precios están reguladas por la Administración, estableciendo unas condiciones para poder acogerse a determinados beneficios tanto económicos como fiscales por parte de los compradores, los cuales a su vez deben reunir unas condiciones establecidas respecto a la titularidad de estas viviendas, ingresos o rentas familiares, etc.

    Las viviendas de protección oficial V.P.O. tienen que destinarse a domicilio habitual y permanente y tienen una superficie máxima. Las hay de promoción pública (las que promueve la propia Administración), de promoción privada, de régimen general y de régimen especial. Tienen unos precios máximos de venta determinados por módulos.

    También hay ciertas limitaciones en relación con su compraventa. Las VPO se pueden vender antes de su liberalización, previa información a la Administración ya que puede ejercer su derecho preferente de compra. El precio, hasta que pierda la calificación de Vivienda de Protección Oficial, también viene dado por lla Administración. Existe libertad absoluta de precio cuando la vivienda deje su condición de protegida y pase a ser libre.
    Como ve la VPO tiene, se obliga a ser destinada como domicilio oficila y permanente por quie las compra. No pueden alquilarse.

    saludos.
    visite mi blog.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Una vivienda de protección pública (definición que ahora incluye a las antiguas viviendas de protección oficial y de precio tasado), ya sea de promoción publica o de promoción privada, está pensada como residencia habitual del adjudicatario, que está obligado a ocuparla en los tres meses siguientes al momento de su entrega

    Pero aunque las nuevas viviendas de protección no se pueden alquilar a priori, sí que es posible hacerlo una vez descalificadas; es decir, toda VPP tiene una moratoria especificada en el contrato, un número determinado de años tras los cuales es posible venderlas o arrendarlas

    Para saber si se puede descalificar la vivienda de protección que uno posee es necesario conocer la fecha de adquisición (es decir, de calificación) y es conveniente que consulten a algún abogado experto en el tema

    Hay algunas excepciones en las que es posible alquilar una vivienda protegida, aún sin descalificar, a un precio de alquiler máximo fijado.

    Las VPPA

    Hay otra opción muy novedosa: las viviendas de protección pública para el alquiler (VPPA); es decir, inmuebles levantados con la intención, desde un principio, de ser alquilados. No concede la propiedad, sino la posesión, por lo que, por ejemplo, no se pueden subarrendar.

    Mejor consulta con un abogado. Saludos,
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