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vrtebay

inquilino/a

alquilar mi vivienda para alquilar en otra zona?

hola tengo una vivienda en propiedad en palma de mallorca,sin hipoteca.

lleva 1 año en venta pero no se vende y me quiero mudar antes de que empiecen las clases de el año que viene a mi pueblo que es donde esta toda mi familia.

solo se me ocurre alquilar mi vivienda para alquilarme yo una en el pueblo pero me da un poco de miedo.....ayudaaa necesito opiniones porfavor

  • Preguntado por: vrtebay
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    No,ni mucho menos,yo te hago en diez minutos la nómina que desees y con la cantidad que quieras.Debes tener en cuenta que dejas en manos de un extraño un valor muy elevado el cual pueden dejar de pagar el alquiler e incluso destrozar .Si un inquilino por que se queda en paro,opor lo que sea,deja de pagar ,el procedimiento es muy largo 7-9 meses ,que por supuesto estarás sin cobrar y debiendo contactar con un abogado,presentar una demanda y esperar a que el juez te autorice a entrar en la vivienda y esperar a que el inquilino no resulte insolvente ,porque no cobrarás nada.

    Todo esto lo solucionas pidiendo un mes de fianza + 7-9 meses de aval.Todo aquel inquilino que no lo ponga,que no lo alquile (yo no correría el riesgo) Yo me hago la siguiente pregunta:¿dónde esta el problema de depositar unas garantías,si al final se devuelven?

  • vrtebay

    inquilino/a

    no e lleido el decalogo todavia sin falta esta tarde lo leere y revisare bien todos sus puntos,muchas gracias a todos.

    • Respondido por: vrtebay
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    vrtebay veo que no ha leido el punto 4 del Decalogo y su enlace, no hablo para nadade  nóminas, que pueden ser hasta falsas.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Una nómina no garantiza absolutamente nada.

    un aval banario o en su defecto personal o un deposito constituido por el inquilino.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • vrtebay

    inquilino/a

    javier diez,por garantias suficientes te refieres a nominas?

    • Respondido por: vrtebay
    • Hace 10 años
  • vrtebay

    inquilino/a

    Muchas gracias lo leere bien.

    • Respondido por: vrtebay
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • vrtebay Después de leerte el decálogo que te aconseja Pholmo,lo que nunca debes hacer es alquilar sin pedir garantías suficientes
  • usuario eliminado

    Sin perjuicio de ue debe seguir el consejo de PHOLMO, creo que necesitará la ayuda de un administador profesional.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    vrtebay si su miedo proviene del desconocimiento de lo relacionado con los alquileres le sugiero lea el DECALOGO DEL CASERO, haciendo especial hincapié en el punto 4

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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