Alquiler piso amueblado ascensor Puerto deportivo
ALQUILER DE TEMPORADA | DISPONIBLE DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026 AL 15 DE JUNIO DE 2027 Condiciones:Alquiler de temporada: del 1 de septiembre de 2026 al 15 de junio de 2027.Fianza (reembolsable): 2.000 Luminoso apartamento de 2 dormitorios con piscina, garaje y vistas despejadas en Guardamar del SeguraDisfruta de una estancia cómoda en este acogedor apartamento situado en una excelente zona de Guardamar del Segura, a pocos minutos caminando de la playa.La vivienda se encuentra en la tercera planta de un edificio con ascensor y cuenta con magníficas zonas comunes, piscina comunitaria y plaza de garaje. Distribución y equipamiento 2 dormitorios con armarios empotrados. 1 baño completo.Amplio salón-comedor muy luminoso.Cocina independiente totalmente equipada con galería. Aire acondicionado por conductos.Orientación este y oeste, que proporciona luz natural durante todo el día.Totalmente amueblado y equipado, listo para entrar a vivir.El apartamento se encuentra en una de las mejores zonas de Guardamar del Segura, a escasos minutos andando de su espectacular playa de arena fina y muy cerca de todos los servicios necesarios para el día a día: Restaurantes y cafeterías. Supermercados y tiendas. Farmacias, bancos y centros médicos. Gimnasios e instalaciones deportivas. Puerto deportivo.Guardamar del Segura es uno de los destinos más atractivos de la Costa Blanca, famoso por sus **11 km de playas de arena fina**, sus dunas naturales y el extenso parque de pinos que atraviesa la localidad.Además, está muy bien comunicado y se encuentra:A pocos minutos del campo de golf La Marquesa.Muy cerca del parque acuático de Rojales.* A solo 15 km de Torrevieja y de su amplia oferta comercial y de ocio. PlayasLas playas de Guardamar del Segura conectan prácticamente con la playa de La Mata (Torrelamata), formando una extensa franja de arena donde disfrutar del mar y del clima mediterráneo durante todo el año. Gastos no incluidos:El precio del alquiler NO incluye: Consumo de electricidad. Consumo de agua.No dudes en contactarnos y reservarlo! En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales serán asumidos por la parte compradora y se desglosan a continuación: *IMPUESTOS A PAGAR EN VIVIENDAS* 1) Primera transmisión (obra nueva): -Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10% (Tipo General): Se aplica a la gran mayoría de viviendas de obra nueva, incluyendo hasta un máximo de dos plazas de garaje y anexos que se transmitan conjuntamente en el mismo edificio. 4% (Tipo Reducido): Se aplica exclusivamente a las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública. Más info en: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/iva-operaciones-inmobiliarias/compro-vivienda-tengo-que-pagar-itp.html -Actos Jurídicos Documentados (IAJD):1,4% (Tipo General): Es el porcentaje estándar aplicable a las escrituras de compraventa de obra nueva sujetas a IVA.0,1% (Tipo Superreducido): Bonificación especial aplicable si la propiedad de obra nueva se destina a ser tu primera vivienda habitual. A continuación se detallan los porcentajes vigentes, incluyendo las recientes actualizaciones fiscales introducidas por la Generalitat Valenciana: https://hisenda.gva.es/es/web/tributos/beneficis-fiscals-2026 2) Segunda transmisión (reventas, segunda mano): Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de 9% (generalmente, sin perjuicio de tipos reducidos del 8%, 6%, 4% o 3% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd *IMPUESTOS A PAGAR EN LOCALES, NAVES Y OFICINAS* 1) Primera transmisión (obra nueva) de local, nave u oficina: Cuando el vendedor es promotor, constructor, empresario que realiza la primera entrega, la operación queda sujeta a IVA al 21 % (Si el comprador es empresario/profesional con derecho a deducción, podrá recuperar el IVA soportado) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,4 % 2) Segunda transmisión de local, nave u oficina usada: Cuando la operación no tributa por IVA, la compra queda sometida a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) al 9 % hasta 1.000.000 de base imponible y 11 % sobre el exceso de 1.000.000 3) Segunda transmisión entre empresarios con renuncia a la exención de IVA. Esta sigue siendo una de las operaciones más habituales en naves industriales, edificios de oficinas, locales comerciales de inversión. Cuando procede la renuncia a la exención de IVA tributa por IVA al 21% y AJD al 1,4%. Si el comprador es empresario con derecho a deducción podrá recuperar el IVA. *GASTOS COMUNES A REVENTAS Y VENTA DE VIVIENDAS DE OBRA NUEVA Y VENTA DE LOCALES, NAVES Y OFICINAS* Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden aproximadamente a 423,50 (IVA incluido). Honorarios Agencia: incluidos en el PVP, son asumidos por la parte vendedora. Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.