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Estoy mirando locales para montar mi consulta, locales que se anuncian como oficinas y tal...
El caso es que por ley en sanidad me van a exigir ciertas caracteristicas que cumpla la oficina, entre ellas luces de emergencia y extintores, a parte de otros requisitos estructurales.
El 90% de las oficinas no tienen luces de emergencia o extintores instalados, y si bien entiendo que los extintores por su caracter de consumibles me toca a mi comprarlos no sé hasta que punto me , la instalación de luces de emergencia requiere de la contratación de un electricista.
En fin... no sé, me he mirado la LAU y supuestamente pone que corresponde al propietario acondicionar, sólo corresponde al arrendatario las pequeñas reparaciones por el uso (yo aún no he usado nada) y las reparaciones por negligencia.
Si alquilas un local que no lo tiene... tendrás que asumirlo tú. El arrendamiento de locales deja casi todos los detalles al "acuerdo entre las partes" y los arrendadores suelen alquilar... "en bruto"
Saludos - Papeleos Alquiler.